martes, 22 de diciembre de 2015

HORA DE COBRAR: IMPUESTOS Y PREMIOS COMPARTIDOS

Teniendo en cuenta que el 20% de retención se empieza a pagar a partir de los 2.500 euros. Si es un afortunado y su boleto está premiado con el gordo, cuyo importe es de 400.000 euros al décimo, solo ingresaría 320.500 euros, tras aplicar Hacienda su retención.

El segundo premio está dotado con 100.500 euros tras los impuestos. El tercero con 40.500 euros (50.000 euros antes de impuestos), los cuartos premios entregan 16.500 euros a cada décimo (20.000 euros antes de impuestos) y por último los quintos premios dan 5.300 euros al décimo (6.000 antes de impuestos).

En el caso de que el agraciado decida repartir su premio, también entraría en juego el impuesto de sucesiones y donaciones. Se trata de un impuesto que debe pagar quien recibe el dinero y que depende de las comunidades autónomas. En todo caso, es aconsejable notificar que el premio es compartido en el momento de cobrarlo, para evitar tener que afrontar este tributo.

Los asesores fiscales recomiendan a quienes cobren un premio compartido a través de un banco que identifiquen a todos los ganadores. En primer lugar, porque la entidad está obligada de informar a la Agencia Tributaria y, en segundo lugar, porque si lo cobra una sola persona y luego se reparte, Hacienda puede considerar dicho pago como una donación y, por lo tanto, las arcas públicas se verían doblemente premiadas.

En el caso de que el agraciado sea una empresa, asociación, fundación, cooperativa o cualquier otra forma jurídica de sociedad, las obligaciones cambian. La cantidad que gane quedará integrada en su base imponible del impuesto de sociedades, descontándose la retención practicada de la cantidad que les resulte a pagar.

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